En un día cargado de noticias impositivas, este sábado también salieron publicadas en la página web de la AFIP las tablas que tendrán que usar los empleadores y la ANSES para calcular las retenciones del Impuesto a las Ganancias a partir de los primeros pagos que se hagan de sueldos y jubilaciones alcanzadas por el gravamen desde el primer día hábil de enero 2020.
Como el método de liquidación de la cuarta categoría es el percibido, ya para los sueldos que se abonen desde el 2 de enero (incluido diciembre) tendrán que utilizar las nuevas tablas mensuales.
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