Fundamentado en la necesidad de regularizar el uso de elementos de pirotecnia y/o fuegos de artificio, a los fines de preservar la salud de las personas, y evitar daños en los animales y en el ambiente, la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de San Antonio Oeste recuerda que por Ordenanza Nº 5427 se prohíbe en el ámbito del ejido de la Municipalidad de San Antonio Oeste